5 SIMPLE STATEMENTS ABOUT ORDEN DE DETENCION EUROPEA Y ENTREGA - ASISTENCIA LEGAL EXPLAINED

5 Simple Statements About orden de detencion europea y entrega - asistencia legal Explained

5 Simple Statements About orden de detencion europea y entrega - asistencia legal Explained

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T. Considerando que, en su Resolución, de 27 de febrero de 2014, sobre la revisión de la orden de detención europea, el Parlamento Europeo pidió, en unique, la introducción de un motivo obligatorio de denegación cuando existan motivos fundados para creer que la ejecución de la medida sería incompatible con las obligaciones que incumben al Estado miembro de ejecución en virtud del artworkículo six del TUE y la Carta; que en 2017 se denegó la entrega en 109 casos por cuestiones relacionadas con los derechos fundamentales;

one. Cuando la infracción en que se basa la orden europea de detención y entrega esté castigada con una pena o una medida de seguridad privativa de libertad a perpetuidad, la ejecución de la orden europea de detención y entrega por la autoridad judicial española estará sujeta a la condición de que el Estado miembro de emisión tenga dispuesto en su ordenamiento una revisión de la pena impuesta o la aplicación de medidas de clemencia a las cuales la persona se acoja con vistas a la no ejecución de la pena o medida.

a) Si no ha habido consulta previa alguna y recibiera de la autoridad de ejecución un dictamen o parecer relativo a que el cumplimiento de la condena en el Estado de ejecución no contribuirá al objetivo de facilitar la reinserción social ni la reintegración con éxito del condenado en la sociedad.

– Vistos los convenios, las recomendaciones y las resoluciones del Consejo de Europa sobre asuntos penitenciarios y cooperación en materia penal,

e) Cuando el proceso penal no concluye con la aplicación de una medida restrictiva de la libertad unique de la persona.

Esta medida se aplica respetando los principios supremos del orden constitucional en materia de derechos fundamentales, libertad y juicio justo.

forty three. Pone de minimize las exigencias del TEDH y los requisitos establecidos en la Directiva 2013/48/UE y la Directiva 2010/sixty four/UE; recuerda que garantizar un tiempo adecuado para preparar un caso y disponer de un acceso completo y rápido a los materiales del caso mejoraría la calidad de la representación; destaca que, habida cuenta del autoácter transfronterizo de los procedimientos de orden de detención europea, que frecuentemente implican a acusados que no hablan la lengua del Estado miembro de ejecución, garantizar el acceso a servicios de interpretación en la fase inicial de los procedimientos, y, en distinct, facilitar la comunicación con los abogados, constituye una garantía esencial de un proceso equitativo y un requisito con arreglo a la Directiva 2010/sixty four/UE; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que velen por que el derecho a la asistencia de letrado y a la asistencia jurídica gratuita tanto en el Estado miembro de emisión como en el de ejecución esté garantizado tanto por ley como en la práctica;

four. Los apartados anteriores no serán de aplicación cuando concurra alguna de las Source siguientes circunstancias:

2. La autoridad competente para reconocer y acordar la ejecución de una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad será el Juez Central de lo Penal.

Las disposiciones sobre órdenes de detención europeas y procedimientos de entrega entre Source Estados miembros están siempre sujetas a cambios constantes: aquí hay una razón más por la cual es aconsejable acudir a un equipo de abogados altamente competentes y siempre actualizados en el sector.

two. El hecho de que, además de la condena a la pena o medida de seguridad privativa de libertad, se haya impuesto una sanción pecuniaria o decomiso que todavía no haya sido abonada o ejecutado no impedirá la transmisión have a peek at this web-site de la resolución por la que se imponen penas o medidas privativas de libertad.

En el caso de que la persona reclamada se encuentre en prisión provisional en una causa abierta en España, el Tribunal que conozca de ese procedimiento deberá poner inmediatamente al reclamado a disposición de la autoridad judicial española que conozca del procedimiento de orden europea de detención y entrega, comunicando con antelación suficiente su decisión de acordar la libertad en su procedimiento, para que se adopte en el plazo de setenta y dos horas la decisión sobre su situación particular para garantizar la ejecución de la entrega.

En caso de que se decida otorgar preferencia a la orden europea de detención y entrega, se notificará a la autoridad judicial española al objeto de que se continúe con el procedimiento en el trámite en el que se suspendió.

Si el condenado se encuentra en el Estado de ejecución, el Juez de Vigilancia Penitenciaria, a instancia del Ministerio Fiscal, podrá pedir a la autoridad competente del Estado de ejecución que adopte una medida restrictiva de la libertad individual del condenado o cualquier otra medida destinada a garantizar su permanencia en dicho territorio.

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